- Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación.
- Viudos, viudas, convivientes, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
- Otros herederos o herederas de la persona fallecida.
- Familiares directos de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad:
- desocupados o desocupadas
- trabajadores o trabajadoras informales
- monotributistas de las categorías A y B
- personal de casas particulares (servicio doméstico)
- titulares de la Asignación por Embarazo
- madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes receptores de la AUH
- madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad receptores de la AUH
- Familiares directos de personas fallecidas que cobraban una Pensión por Adulto Mayor (PUAM).
- Parientes de personas fallecidas que recibían prestaciones no contributivas transferidas a la ANSES (beneficiarios y beneficiarias de Prestaciones No Contributivas transferidas a la ANSES en virtud del Decreto N° 746/17).
- Parientes de personas fallecidas que eran titulares de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
* Laura Kalerguiz es periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987
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