Portada  |  17 junio 2025

Tobillera electrónica y visitas limitadas: las condiciones que le fijaron a Cristina para la domiciliaria

El Tribunal Oral Federal 2 fijó una serie de condiciones que deberá cumplir la exmandataria en su departamento ubicado en la calle San José, en el barrio porteño de Monserrat.

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El Tribunal Oral Federal 2 le concedió este lunes el beneficio de la prisión domiciliaria a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien fue condenada a seis años de prisión por la causa “Vialidad”, fallo que fue ratificado la semana pasada por la Corte Suprema.

Según confirmaron fuentes judiciales, el tribunal aceptó el pedido presentado por su abogado defensor, Alberto Beraldi, y autorizó que la exmandataria cumpla la pena en su departamento ubicado en la calle San José, en el barrio porteño de Monserrat.

LAS CONDICIONES DE LA PRISIÓN DOMICILIARIA

La resolución que lleva la firma de los tres jueces del Tribunal Oral 2, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, dispuso las siguientes medidas:

  • Deberá permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente. Por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción.
  • Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes.
  • En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona no incluida en ese listado.
  • Encomendar a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal que lleve adelante la supervisión de la ejecución de la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner y eleve a esta sede los resultados de la supervisión cada tres (3) meses, período de tiempo al cabo del cual se evaluará el grado de acatamiento de las reglas impuestas, con los alcances establecidos en la ley (art. 34, ley 24.660).
  • Ordenar a la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad Nacional, la colocación de un dispositivo de vigilancia electrónico respecto de Cristina Kirchner en el domicilio indicado en el punto dispositivo I.
  • Dejar sin efecto la citación que fuera cursada a la condenada el pasado 10 de junio y continuar en los autos principales con el trámite pertinente.
  • Notificar al Ministerio Público Fiscal, a los defensores mediante cédulas electrónicas, y a Cristina Kirchner a través de su asistencia técnica y también en forma personal a través de la Comisaría de la Policía de la ciudad de Buenos Aires con jurisdicción en el domicilio en cuestión.

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