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Convención Reformadora: llegó el turno de los cambios en el Poder Judicial
Este miércoles volverá a sesionar el pleno de la Convención Reformadora de la provincia de Santa Fe. En esta ocasión se debatirán los cambios que se agregarán al funcionamiento del Poder Judicial, tras una jornada (la de ayer) en donde los integrantes de la comisión Redactora y de la comisión del mismo ámbito debatieron de forma extensa.
Las reformas que se incorporarán están vinculadas al funcionamiento de la Justicia, el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y la Defensa Pública.
El texto está firmado por los 11 convencionales de Unidos para Cambiar Santa Fe y establece que la Corte Suprema de Justicia estará integrada por siete ministros, con paridad de género y representación territorial, y que la edad límite de permanencia en el cargo será de 75 años. También se ratifica que los ministros serán designados por el Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa.
Respecto a la figura de la Procuración General, se estableció que "integra el Poder Judicial, dictamina ante la Corte Suprema de Justicia y ejerce aquellas funciones que determine la ley, actuando en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad".
En cuanto al funcionamiento del Ministerio Público de la Acusación, se propuso que tenga carácter constitucional con una visión que reconoce dos órganos autónomos, con autarquía financiera e independientes de otros poderes del estado: el Ministerio Público de la Acusación, orientado a la persecución penal y a la protección de las víctimas, y el Ministerio Público de la Defensa, definido como una institución de derechos humanos para garantizar el acceso integral a la justicia, especialmente de las personas en situación de vulnerabilidad.
El dictamen también prevé que el Fiscal General y el Defensor General sean designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo legislativo, por un mandato de cinco años, renovable una sola vez.
La designación de jueces y fiscales
Otro aspecto tratado en el día de ayer fue el nombramiento de jueces, fiscales y defensores. A su vez que menciona los mecanismos para la destitución de los mismos.
Además, se incorpora la creación de un Consejo Asesor para la selección de magistrados, fiscales y defensores, y de un Tribunal de Enjuiciamiento para su control disciplinario, integrados de la siguiente manera:
- Un representante del Poder Judicial, del Ministerio Público de la Acusación o del Ministerio Público de la Defensa, teniendo en cuenta el órgano de la vacante a cubrir;
- Un diputado;
- Un senador;
- Un abogado matriculado en los Colegios de Abogacía con asiento en la Provincia;
- Un académico perteneciente a Universidades Públicas con sede en la Provincia con especialización en materia afín al cargo concursado.
- Tribunal de Enjuiciamiento de la Magistratura y del Ministerio Público
- Un magistrado, fiscal o defensor, según corresponda;
- Dos senadores, elegidos por la Asamblea Legislativa;
- Dos diputados, elegidos por la Asamblea Legislativa;
- Dos abogados matriculados en los Colegios de la Abogacía con asiento en la Provincia