Judiciales

Siete años de prisión para un hombre por abusar sexualmente de su pareja

La Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó en las últimas horas la condena a siete años de prisión para un hombre que abusó sexualmente de su pareja y también por un episodio de violencia previo.
Por Telefe Santa Fé

Siete años de prisión para un hombre por abusar sexualmente de su pareja | Judiciales
Judiciales: Siete años de prisión para un hombre por abusar sexualmente de su pareja

El fallo confirmado fue dictado en octubre de 2018 por la jueza Inés Cantisani, quien condenó a Eduardo Aguer a siete años de prisión por los delitos de "abuso sexual con acceso carnal", "lesiones leves agravadas por haber sido ocasionadas a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja" y "resistencia a la autoridad".

En ese fallo, según publicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, se indicó que el 11 de diciembre de 2017 a la madrugada, Aguer ingresó a la casa de quien era su pareja, ubicada en el barrio porteño de Flores.

Allí, la mujer al advertir la presencia del ahora condenado y notar que estaba muy alterado, quiso impedir su ingreso, por lo que recibió un golpe de parte del hombre. La situación derivó en un llamado a la policía y la intervención también de los vecinos.

Luego, el 16 de enero de 2018, ocurrió el segundo episodio violento: entre las 23:30 de ese día y las 09:40 del siguiente, Aguer mantuvo encerrada a su pareja y abusó sexualmente de ella de distintas formas, utilizando la violencia física y ocasionándole lesiones que fueron constatadas.

En la sentencia, se consignaron los testimonios que fueron recogidos en la causa, tanto de vecinos y amigas de la víctima, así como también los informes que realizaron la Oficina de Violencia Doméstica (OVD)y los profesionales de la salud que intervinieron.

La jueza Cantisani hizo hincapié en la relación "sumamente conflictiva" entre ambos, que incluyó diversas denuncias por parte de la víctima contra Aguer, la imposición de medidas de prohibición de acercamiento e incluso que se consignara un policía en el domicilio de la mujer.

Contra el fallo de la magistrada, la defensa presentó un recurso ante la Cámara de Casación, en el que sostuvo que la víctima había cambiado su testimonio y que no se podía valorar uno por sobre el otro, por lo que correspondía la absolución del imputado.

Sin embargo, en el voto del juez Jorge Luis Rimondi, al que adhirieron sus colegas Gustavo Bruzzone y Patricia Llerena, se consideró que el tribunal oral valoró la prueba que se generó en el debate "bajo estricto apego a la regla de la sana crítica y los principios que la regulan".

Y además, se señaló que la jueza Cantisani explicó correctamente cómo la prueba reunida permitió demostrar los hechos que cometió Aguer, más allá de que la damnificada durante el juicio intentó "restarle fuerza" a sus propios dichos. (NA)