Tiene media sanción la ley de paridad en la provincia de Santa Fe

El proyecto fue presentado por la vicegobernadora, Alejandra Rodenas.

18 jun, 2020
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Legislativas: Tiene media sanción la ley de paridad en la provincia de Santa Fe

Luego de una extensa e histórica lucha de los movimientos de mujeres para alcanzar la paridad dentro de la política provincial y local, el Senado votó este jueves de manera unánime la paridad de género en Santa Fe. Si bien no se trata del proyecto presentado anteriormente, ni el acordado por el movimiento de Mujeres por la Paridad, es una avance importante en materia de derechos para las mujeres.

El proyecto que se votó, impulsado por la presidenta del Senado y vicegobernadora Alejandra Rodenas, establece el principio de paridad de género en la composición e integración del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Partidos Políticos y asociaciones, consejos y colegios profesionales.

Entiende por paridad de género a “la representación igualitaria de hombres y mujeres de hasta un cincuenta por ciento para cada género en la conformación de listas electorales, y en la composición de  estructuras orgánicas o de cargos y ternas o nóminas de designación”.

En este proyecto, que ahora deberá ser votado por la Cámara de Diputados, se dispone que la paridad de género se aplica en elecciones generales de cargos públicos electivos para la postulación de listas de precandidatos/as y candidatos/as para: Diputados/as Provinciales; Concejales/as Municipales; Miembros de Comisiones Comunales; y listas de candidatos/as a convencionales constituyentes ( artículos 114 y 115 Constitución Provincial); precandidatos a Senadores/as Provinciales; designación de Ministros/as y Secretarios/as de Estado; integración de cargos según leyes orgánicas o estatutos para el sector público provincial no financiero para empresas, sociedades y otros entes públicos, bajo la forma de empresas públicas, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades anónimas del Estado, sociedades de economía mixta, sociedades del Estado, entes interestatales e interjurisdiccionales u otros entes estatales; el Poder Judicial; el Consejo de la Magistratura; en la constitución y organización de Partidos Políticos; y consejos, colegios y asociaciones profesionales.

Asimismo, determina que el género se determina según el Documento Nacional de Identidad.