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Ordenan restituir a la niña separada de su familia de guarda
La niña de tres años que fue desvinculada de su familia de guarda para darla en adopción a otra pareja fue entregada a su hermana biológica. Así lo resolvió la jueza de Familia Corina Elizabeth Jones, de la localidad misionera de Eldorado, la misma que días atrás había tomado la decisión de apartar a la menor del matrimonio que la crío desde que tenía dos meses. El fallo se dictó como medida cautelar hasta que se resuelvan las apelaciones del caso para descomprimir la presión social que había generado la situación.
La resolución también ordenó fijar un régimen de comunicación y contacto con el matrimonio integrado por Esther Barreto y Luis Narciso, quienes en 2017 habían sido beneficiados con la tenencia provisoria de la niña hasta que la Justicia resolviera si era posible establecer el estado de adoptabilidad porque la madre biológica es una paciente psiquiátrica.
La marcha atrás de Jones ocurrió en la noche del viernes y tendrá vigencia hasta que se resuelva el recurso de apelación de separar a la niña de su familia de guarda. Lorena Toledo fue nombrada como subrogante en el juzgado de Eldorado, por un viaje que hizo Jones a Posadas para ver a la niña, que estaba con su nueva familia. Por la noche, regresó a la cuidad para elaborar el nuevo fallo.
La niña, de 3 años y 7 meses, fue entregada a una de sus hermanas biológicas de 19 años.
El caso se conoció luego de que se difundiera un video viral en el que se vio cómo varios efectivos policiales quitaron a la niña de los brazos de Barreto para cumplir con la orden judicial. De hecho, ante la trascendencia de la situación, la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación, junto con su organismo par de Misiones, pidió que se determine la responsabilidad de los actores judiciales y el proceder de la policía.
“La Corte Suprema de Justicia de la Nación manifiesta que debe tenerse en cuenta al decidir los problemas humanos que encierran los asuntos de familia que no es posible limitarse a una suerte de fórmulas o modelos prefijados, desentendiéndose de las circunstancias del caso que la misma ley manda a valorar”, precisó el fallo que ordenó el reencuentro de la niña con su hermana biológica.
Según se aclaró, la medida “evitará la consolidación del proceso de vinculación con el matrimonio de pretensas adoptantes”. Es decir, con la segunda familia que se presentó para la adopción, una pareja de mujeres policías, a quienes Jones había otorgado la adopción de la niña.
“Funda en derecho, reiterando que se otorgue de manera inmediata la guarda de la niña en manos de su hermana biológica..., hasta tanto se resuelvan los planteos recursivos y se decida lo que en derecho corresponda, previa evaluación de los equipos interdisciplinarios”, agregó el fallo.
Jones habló el viernes luego de que se conociera su decisión y la forma en que la ejecutó. “La niña estaba bajo cuidado de una familia en carácter transitorio dentro de un expediente cautelar. Se encuadra en la figura de familia solidaria con los alcances del artículo 611 [del Código Civil], que no admite que puedan adoptar a la niña. Siempre se les notificó eso a lo largo del expediente”, explicó en una entrevista televisiva.
Con respecto a la niña, Jones afirmó: “En todo momento fue acompañada por psicólogos y equipos que siempre manifestaron que la niña se encontraba en condiciones de iniciar una vinculación adoptiva”.
El caso llegó hasta el secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Gabriel Lerner, que opinó: “Más allá de cómo haya sido el procedimiento policial, aunque no hubiese sido violento, no es legal decretar la adoptabilidad de una niña que está siendo criada en su familia aunque no sean los progenitores los que la están criando”.
Fuente: Diario La Nación
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