La Justicia de Santa Fe dio un paso definitivo en una de las causas viales más resonantes de los últimos años. Se confirmó la condena para Francisco Mario Sánchez, el automovilista que atropelló y mató al joven Luciano Nicola sobre la Ruta Nacional 168, a la salida de una fiesta clandestina durante la Navidad del año 2020.
El juez de la Cámara de Apelaciones, Alejandro Tizón, ratificó el fallo de primera instancia dictado por el magistrado Lisandro Aguirre. De esta manera, Sánchez fue declarado autor penalmente responsable de homicidio culposo doblemente agravado por la conducción imprudente y por haberse retirado del lugar del hecho. La pena se fijó en tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para conducir.
Tragedia a la salida de una fiesta en pandemia
El fatídico episodio ocurrió a las 6 de la mañana del 25 de diciembre de 2020, en plena vigencia de las restricciones por la pandemia de Covid-19. Luciano Nicola y sus amigos salían de un evento clandestino en Colastiné Sur. Debido a un desalojo policial, el grupo se vio obligado a caminar por la banquina y el asfalto de la Ruta 168 a la espera de un transporte.
En ese contexto, Sánchez, a bordo de un Nissan March, embistió a Luciano provocándole la muerte de forma inmediata. Lejos de frenar para asistir al joven, el automovilista abandonó su auto más adelante, escapó en otro vehículo y se entregó horas más tarde en la Comisaría de Colastiné Norte.
Un juicio histórico impulsado por la familia
El derrotero judicial del caso marcó un hito en los tribunales santafesinos. En una primera instancia, la Fiscalía (a cargo de Carolina Parodi) había decidido archivar las actuaciones sin imputar al conductor. Sin embargo, los abogados querellantes Juan José Patiño y Sergio Fabbro, en representación de la familia de la víctima, sostuvieron la acusación de manera particular y lograron llevar a Sánchez a juicio oral.
El dato: Aunque la querella había solicitado una pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, el tribunal optó por una condena de ejecución condicional, la cual ahora quedó firmemente ratificada.
Los argumentos para ratificar la culpabilidad
Al rechazar la apelación de la defensa, el juez Tizón destruyó los argumentos que buscaban desvincular a Sánchez. El magistrado consideró probado que el automovilista actuó con total imprudencia al no adecuar la velocidad a las condiciones del entorno, ya que la presencia de peatones en la ruta era un escenario previsible esa madrugada.
Asimismo, el fallo de alzada hizo especial hincapié en dos agravantes insoslayables: el test de alcoholemia demostró que Sánchez conducía con 1,5 g/l de alcohol en sangre y, de manera determinante, su posterior huida del lugar omitiendo el auxilio debido a la víctima.