Jubilación anticipada: todo lo que hay que saber

La medida extiende la vigencia del régimen creado en 2021 para personas desocupadas con 30 años de aportes. Sin embargo, especialistas advierten que, si no se actualiza la fecha límite de cese laboral, miles de potenciales beneficiarios seguirán excluidos.

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El Gobierno Nacional anunció la prórroga por un año del régimen de jubilación anticipada, una política previsional creada en 2021 para personas desocupadas que cuentan con al menos 30 años de aportes y que se encuentran a menos de cinco años de la edad jubilatoria (55 años para mujeres y 60 para varones).

La decisión fue bien recibida por algunos sectores, pero también generó confusión y expectativas que aún no tienen una respuesta clara: la normativa vigente establecía como condición que las personas hayan cesado su actividad laboral antes del 30 de junio de 2023. Si esa fecha no se modifica, muchos de los desempleados actuales seguirán sin poder acceder al beneficio, pese a cumplir con el resto de los requisitos.

¿A quiénes alcanza la jubilación anticipada?

El régimen está dirigido a personas:

  • Que tengan entre 55 y 59 años (mujeres) o 60 y 64 años (varones).

  • Que hayan dejado de trabajar antes del 30 de junio de 2023.

  • Que cuenten con al menos 30 años de aportes registrados.

  • Que no tengan otro ingreso compatible, como trabajo activo, monotributo, pensión o plan social.

Quienes acceden al beneficio reciben un haber equivalente al 80% de la jubilación ordinaria. Ese monto se completa al 100% una vez que la persona alcanza la edad jubilatoria legal.

Una prórroga que trae más dudas que certezas

Según explicó Silvana, especialista en temas previsionales consultada por la prensa santafesina, aún no está claro si la prórroga incluye una actualización de la fecha límite de cese laboral, lo que condiciona fuertemente el acceso al beneficio para personas despedidas en 2024 o 2025.

“Un hombre de 62 años que haya sido despedido este año, por ejemplo, no puede adherir al régimen tal como está redactado actualmente”, advirtió la especialista.

La expectativa es que se extienda ese plazo de corte, posiblemente al 30 de junio de 2025 o fechas similares, para permitir el ingreso de quienes han quedado desocupados recientemente, en un contexto de crecimiento del desempleo y ajustes en el sector público y privado.

Recomendaciones y compatibilidades

Desde el ámbito previsional se recomienda que quienes consideren adherir:

  • Verifiquen su situación en AFIP y ANSES, especialmente si aún figuran como activos en el régimen de monotributo.

  • Consulten con profesionales especializados para evaluar si conviene solicitar este tipo de jubilación o esperar a la ordinaria.

  • Tengan en cuenta que el beneficio es incompatible con cualquier otra actividad remunerada: si se detecta que la persona volvió a trabajar, se suspende automáticamente el pago de la jubilación anticipada.

¿Qué sigue?

Según fuentes oficiales, en los próximos días se publicarán los detalles del decreto de prórroga, incluyendo posibles modificaciones en los requisitos, fechas clave y mecanismos de solicitud.

Mientras tanto, miles de personas en edad cercana a la jubilación y sin empleo esperan definiciones concretas para saber si finalmente podrán acceder a este beneficio que puede marcar la diferencia en su economía personal.