La Administración Provincial de Impuestos (API), en el marco de la Emergencia Sanitaria que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio, informó que los siguientes conceptos tributarios cuyos vencimientos estaban previstos desde el 16 al 31 de marzo de 2020, se considerarán presentados y/o pagados en término cuando se realicen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores de las fechas originariamente dispuestas por la RG 26/2019 y disposiciones complementarias.
-Impuesto Inmobiliario Rural
-Impuesto sobre los Ingresos Brutos
– Régimen General
-Impuesto sobre los Ingresos Brutos
– Régimen Simplificado
-Aportes al Instituto Becario
-Cuota 1 del Plan de Pagos
- Régimen de Regularización Tributaria
– Ley 13976.
La Administración Provincial de Impuestos dictará la Resolución General que dispondrá las fechas de vencimientos hasta la cuales se podrá dar cumplimiento con las obligaciones tributarias.