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Regreso a casa: Este es el procedimiento para el traslado excepcional de las personas que estén cumpliendo el aislamiento social

La semana próxima, las provincias deberán o informar el sistema para que las personas que lo requieran se puedan inscribir pidiendo retornar.
Por Telefe Santa Fé

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El decreto, publicado hoy por el Gobierno Nacional estipula lo siguiente:

  • Cada jurisdicción abrirá un registro de personas que deseen regresar a su residencia habitual a través de sus vehículos particulares.
  • Las personas interesadas deberán inscribirse en el Registro que habilite la jurisdicción donde tienen su residencia habitual.
  • En atención a la evaluación de la situación epidemiológica y sanitaria, las provincias y CABA aprobarán o desestimarán las solicitudes fundadamente y de conformidad con la capacidad de ingreso diario de cada jurisdicción, como también comunicarán el resultado a los solicitantes.
  • Cada jurisdicción deberá establecer si permite que un vehículo particular se traslade hasta el punto donde se encuentra el solicitante para buscarla/o y así poder regresar, o si deberá contar con un vehículo en el mismo el lugar donde esté cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
  • A partir del 5 de mayo, las provincias y CABA informarán diariamente la nómina de personas autorizadas a través de una nota suscripta por el señor Gobernador, Gobernadora o el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires -o el funcionario público delgado al efecto-, solicitando, asimismo, la emisión de los correspondientes Certificados para el Regreso al Domicilio Habitual. - Dicha nota deberá ser remitida a la dirección de correo que comunicará Jefatura de Gabinete de Ministros, adjuntado planilla Excel con los datos de las personas respecto de las cuales prestan conformidad para su traslado, conforme el modelo de planilla.
  • Una vez recibida la información completa, se habilitará la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”, que cada Jurisdicción deberá remitir a los interesados y que será el único permiso de circulación necesario para trasladarse desde su lugar de origen hasta su lugar de destino.
  • El Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual tendrá una vigencia de 96 horas computadas a partir de su emisión.