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Restricciones a santafesinos que por obligación tengan que ir a localidades con cuarentena sanitaria
El artículo primero firmado por Perotti establece lo siguiente:
"Las personas que, residiendo en la Provincia de Santa Fe y contando con habilitación para circular por razones humanitarias, de fuerza mayor, laborales, comerciales, profesionales o, en general, para el ejercicio de actividades habilitadas se trasladaren en forma frecuente, periódica u ocasional hacia localidades de su territorio declaradas en cuarentena sanitaria, a su vuelta al lugar de residencia quedarán excluidas de participar en las actividades exceptuadas del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y la prohibición de círcular que durante su vigencía se habilitaran, según la referencia de los correspondientes.
El artículo segundo dispone que
"Las personas que deban desplazarse dentro del territorio provincial y queden comprendidas en los alcances del Artículo 1° del presente Decreto, deberán hacerlo con permiso solicitado a través de la aplicación COVID-19 Provincia de Santa Fe, en la que completarán el formulario correspondiente de declaración jurada de salud y consentimiento de cumplir con las medidas dispuestas en éste acto y las que en consecuencia dicte la autoridad sanitaria".