Judiciales
Primer fallo a favor del consumidor en un caso de plan de ahorro automotor de Santa Fe
En una icónica sentencia de 30 páginas, la magistrada a cargo, con gran criterio, bases y fundamentos sólidos, revestidos de empatía con la agonizante situación que atraviesan miles y miles de suscriptores de planes de ahorroautomotor, condenó a la empresas Administradora y Concesionaria demandadas, a abonar los rubros establecidos en los considerandos
La importancia que reviste esta extraordinaria sentencia, es que la magistrada coloca uno de los focos de su análisis, desde un examen pormenorizado en el deber de información que tienen las demandadas y el correlativo derecho a recibir esta información que detenta el consumidor, la complejidad de la redacción del contrato y la ausencia de rubros destacados en relación a las cuotas mensuales, son contrarias a lo que prescribe la ley de defensa del consumidor.
El deber de información establecido en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, sin dudas es una de las obligaciones más importantes que deben cumplir los proveedores de bienes y servicios, pues la información brindada en las ofertas realizadas, es la que determina que las y los consumidores contraten aquello que les es ofrecido.